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Diferencias entre catastro y registro de la propiedad

Seguro que ya estás al tanto de la existencia de ambos organismos, aunque, es muy posible que todavía te cueste establecer claramente la diferencia entre Catastro y Registro de la Propiedad. En este artículo vamos a ayudarte y, para ello, vamos a definir con claridad ambos conceptos, puesto que así será mucho más fácil avanzar en la explicación.

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¿Qué es el Catastro Inmobiliario?

El principal cometido de este organismo es determinar la localización física de un inmueble, tanto rústicos como urbanos y también aquellos que presenten características especiales. En concreto, en esta especie de inventario de fincas se detalla la información relativa a la superficie de la finca, su uso y destino, el valor catastral, el titular del inmueble y su referencia catastral, entre otros aspectos. 

A día de hoy, se ha convertido en la mayor base de datos de información territorial gráfica y económica. Los datos que contiene servirán para establecer la cuantía de tributos como el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), el de Sucesiones y Donaciones y el de Transmisiones Patrimoniales. También desempeña un importante papel a la hora de aportar la información necesaria para el desarrollo de los planes de ordenación urbana (PGOU) que deben poner en marcha los municipios.

Dada su importancia a la hora de cuantificar los impuestos, ya habrás supuesto que este registro administrativo resulta dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, al que corresponde su gestión. En cualquier caso, aunque el Catastro opera en toda España, debemos exceptuar al País Vasco y Navarra, que cuentan con una regulación diferente para tales cuestiones.

¿Qué es el Registro de la Propiedad?

En el Registro de la Propiedad se describe quién es el propietario de un determinado inmueble, además de cualquier carga que pueda pesar sobre ella como la existencia de una hipoteca. En definitiva, su único objetivo es garantizar jurídicamente la titularidad de un determinado inmueble. 

Aunque la inscripción de un inmueble en este organismo es potestativa, los expertos recomiendan hacerlo dado que nos ofrece seguridad jurídica preventiva. Por lo tanto, una vez inscrito un bien a nuestro nombre gozamos de la protección de los Tribunales, ya que se considera como cierta la información aportada.

Diferencias entre ambos

A la luz de todo lo expuesto resulta fácil apreciar las diferencias existentes entre ambos organismos, pero, de todas formas, vamos a repasarlas rápidamente:

  • Dependen de Ministerios diferentes, puesto que el Catastro está supeditado al de Hacienda y el Registro de la Propiedad debe responder ante el de Justicia. 
  • El Catastro recoge datos sobre la localización física de una finca, pero el Registro de la Propiedad se ocupa de consignar quién es el titular y el dueño del bien
  • Cumplen funciones completamente distintas. En concreto, el Catastro tiene como fin servir para la fijación de determinados impuestos como el IBI, o aportar información para desarrollar un PGOU. En cambio, el Registro de la Propiedad ofrece una protección jurídica a las personas que figuran como propietarios.  

Como has visto, es muy fácil distinguir ambos organismos y recurrir a cada uno de ellos para la información o el trámite que necesitemos en cada momento.

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