Entre otras figuras del ámbito inmobiliario, la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, contempla la figura del gran tenedor. Pero, ¿qué se entiende por un gran tenedor según la Ley de Vivienda? ¿Cuántas viviendas en propiedad debe poseer una persona para ser considerada un gran tenedor? Y en el supuesto de confirmarse que lo es, ¿cuáles son sus obligaciones?
Si eres propietario de varios pisos o casas, posees una cartera de propiedades y quieres calcular la rentabilidad del alquiler, a través de esta guía podrás saber si eres un gran tenedor y aclarar tus principales dudas. ¡Sigue leyendo!
El concepto de gran tenedor ha adquirido una gran relevancia desde que entró en vigor la nueva Ley de Vivienda en España. Ello es así porque la citada ley:
En cuanto a qué es un gran tenedor de viviendas según el Boletín Oficial del Estado (BOE) y la Ley de Vivienda, dicho concepto se refiere a:
De igual manera, la norma precisa que lo dispuesto sobre la figura del gran tenedor en la Ley de Vivienda puede variar dependiendo de la comunidad autónoma. Es el caso de Cataluña, cuya legislación se modificó en 2023 y establece lo siguiente:
Llegados a este punto, conviene observar que, al hacer referencia a la figura del gran tenedor en la Ley de Vivienda, uno de los propósitos de la norma, como ya se ha comentado, es equilibrar el mercado inmobiliario en áreas tensionadas. Para quienes no estén familiarizados con ellas:
Una vez que se tiene clara cuál es la definición de gran tenedor en la nueva Ley de Vivienda, esta última determina que los inmuebles relacionados con dicha figura deben ser urbanos y de uso residencial con cédula de habitabilidad.
Por lo tanto, la Ley de Vivienda excluye a aquellos inmuebles que no gozan de esa condición, como los garajes y los trasteros.
En lo referente al gran tenedor y la Ley de Vivienda, otra duda que suele plantearse es cómo se computa la vivienda habitual en el conjunto de las propiedades. Pues bien, en este sentido es importante saber que:
Otra pregunta que pueden hacerse los dueños de varios inmuebles es qué sucede si comparten la titularidad de un piso o una casa con otra persona. Sobre dicha cuestión, la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, no aporta información que permita esclarecerla.
Para ello, nos remitiremos a la interpretación realizada por los jueces de primera instancia de Barcelona relativa a la cuota de participación en diferentes viviendas:
En los supuestos en que se comparta la titularidad de varias viviendas, es aconsejable acudir a expertos en derecho inmobiliario para asesorarse y confirmar si los cotitulares son considerados grandes tenedores.
Tras aprobarse el Índice de Precios de Referencia para cumplir los objetivos de la Ley de Vivienda, las cuotas de los nuevos contratos firmados en zonas tensionadas entre un gran tenedor y un inquilino, correspondientes a pisos que nunca han estado en alquiler, no podrán superar el máximo contemplado en el Índice de Precios de Referencia, que puede consultarse:
Al contemplar la figura del gran tenedor, la Ley de Vivienda determina una serie de obligaciones legales y fiscales específicas que es oportuno conocer:
Además, lógicamente, como arrendadores han de vigilar que sus inmuebles se encuentren en perfecto estado de habitabilidad y cumplir las obligaciones fiscales asociadas a su actividad.
Ya que se ha hecho referencia a los límites de las rentas de alquiler, es importante señalar que, al formalizar un nuevo contrato o prorrogarlo, los grandes tenedores no pueden exceder el máximo contemplado en el Índice de Precios de Referencia o el porcentaje de actualización anual –del 3% en 2024–.
Más allá de lo que proceda de la aplicación de la cláusula de actualización anual de la renta del contrato anterior, los arrendadores que no sean grandes tenedores sí están autorizados a subir hasta un 10% el precio a pagar por el inquilino cuando acrediten alguno de estos supuestos incluidos en la Ley de Vivienda:
En cualquier caso, debe tratarse de un arrendamiento de vivienda habitual, ubicada en una zona de mercado residencial tensionado, cuyo contrato haya estado vigente los últimos cinco años.
Ahora que ya sabes a partir de cuántas viviendas se considera un gran tenedor, vamos a ocuparnos de los pequeños tenedores. Estas figuras son aquellas que:
Al alquilar sus propiedades, los pequeños tenedores tienen la posibilidad de beneficiarse de deducciones fiscales de hasta el 90% por los ingresos obtenidos. Esa ventaja fiscal o ahorro para estos contribuyentes será mayor o menor en función de las condiciones del alquiler (por ejemplo, si la vivienda es alquilada a inquilinos jóvenes o se baja el precio del alquiler respecto al anterior contrato).
Por todo lo expuesto, confiamos en que ahora estés más familiarizado con la figura del gran tenedor y la Ley de Vivienda. A través de esta última, se busca regular el mercado inmobiliario y garantizar un acceso más equilibrado a la vivienda mediante obligaciones específicas para los grandes tenedores; como, por ejemplo, el cumplimiento de los índices de precios de referencia y los porcentajes de actualización de cuota anual en los alquileres.
¿Cómo saber si soy gran tenedor?
Se considera grandes tenedores a los dueños, físicos o jurídicos, de más de 10 inmuebles urbanos, excluyendo garajes o trasteros, o de una superficie construida que supere los 1.500 metros cuadrados. El número de propiedades se reduce a 5 en zonas de mercado residencial tensionado y en Cataluña,
¿Cómo acreditar no ser gran tenedor?
Para demostrar que no se es un gran tenedor según la Ley de Vivienda, el interesado debe solicitar una «Certificación de localización de la Ley 12/2023 por el derecho a la vivienda» en el Registro de la Propiedad.
¿Cuánto puede subir el alquiler un gran tenedor?
Si la vivienda se encuentra en una zona tensionada:
Si la vivienda se encuentra en una zona no tensionada:
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