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¿Qué es la inspección técnica de edificios?

Al comprar una casa, nos encontramos con conceptos novedosos como qué es la ITE (inspección técnica de edificios). Pero ya verás que es muy fácil de entender y, sobre todo, descubrirás que tiene una importancia capital. De esta manera, nos referimos a aquella inspección que deben pasar todos los edificios que presenten una determinada antigüedad con el propósito de valorar si cuentan con todos los requisitos de seguridad.

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¿En qué consiste la inspección técnica?

Solo si la construcción supera el examen de la ITE se considerará que no supone un peligro para la seguridad de sus habitantes. Esta inspección deben pasarla todos los edificios que superan el medio siglo de antigüedad en municipios de más de 25.000 habitantes, aunque es posible que la comunidad autónoma disponga de una normativa específica en la que se alteren esos tiempos. 

Además, una vez superada, deberán volver a someterse pasados otros diez años a una nueva inspección. Así sucesivamente a fin de garantizar que todos sus elementos se hallan en buen estado y no se compromete la vida de sus ocupantes.

 

¿Qué valora el técnico en la Inspección Técnica de Edificios?

En primer lugar, debe quedar claro que este examen debe realizarlo el profesional correspondiente; es decir, un arquitecto o aparejador. Estos son los técnicos cualificados para esta tarea.

Este experto se ocupará de examinar detalles como los que siguen:

  • La estructura, construcción e instalaciones comunitarias del edificio. Debe prestarse atención a la accesibilidad de todas las personas y recomendar la realización de las obras que sean necesarias para mejorarla.

  • El estado de conservación del edificio, así como la seguridad y salubridad de la construcción.

  • La eficiencia energética según la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios.

 

Todos los edificios de más de 50 años en municipios de más de 25.000 habitantes deben pasar la ITE

 

¿Cómo se califican las deficiencias?

El informe puede ser desfavorable y que, por lo tanto, existan una serie de deficiencias que impidan que la vivienda pueda recibir el visto bueno. Así, habrá que aguardar a su subsanación, en el caso de que eso sea posible. En este sentido, podemos encontrarnos con distintos tipos de deficiencias en función de su mayor o menor importancia.

Veámos todas ellas:

  • Deficiencias muy graves: suponen un riesgo inminente y generalizado para la estabilidad del edificio, así como la seguridad de las personas y de los bienes. Todo ello motivará el desalojo del edificio o la adopción de medidas de carácter urgente y cautelar como, por ejemplo, la declaración de ruina del edificio.

  • Deficiencias graves: también representan un riesgo inminente para la seguridad e incluso la salubridad de los residentes, tras la adopción de unas medidas cautelares necesarias para garantizar la seguridad, se puede plantear la subsanación de los defectos. Una posibilidad que no cabría en el caso anterior de deficiencias muy graves. 

  • Deficiencias importantes: no existe un riesgo inminente ni para la estabilidad del edificio ni para la seguridad de las personas, pero sí que afecta a la salubridad y funcionalidad. Por lo tanto, es necesaria una intervención correctora. 

  • Deficiencias leves: se solicita la realización de trabajos de mantenimiento preventivo o corrector para evitar que se agraven.

  • Sin deficiencias: todo está correcto y no hay que preocuparse por nada, ya que el informe es favorable.

En las tres primeras situaciones, el resultado del informe será desfavorable. En las dos últimas, favorable.

 

Si existen deficiencias importantes, graves o muy graves el resultado de la ITE será desfavorable

 

¿Qué sucede si la vivienda no pasa la ITE?

Ya hemos visto qué edificios tienen que pasar la ITE, pero no hemos explicado qué sucedería en el caso de no someterse a esta inspección. La normativa establece que los propietarios de las construcciones que pasen por alto este trámite pueden ser multados con hasta 6.000 euros de sanción

No contar con ella también acarreará problemas a la hora de pedir ayudas públicas para obras de conservación, accesibilidad o de eficiencia energética. Otra consecuencia es que difícilmente se podrá vender la vivienda. Resulta evidente que pocos particulares estarán dispuestos a comprar una vivienda de segunda mano de más de 50 años que carece de este documento tan importante. También es posible que, en caso de hacerlo, tengamos que desprendernos de ella a un precio muy bajo.

 

¿Estoy obligado a hacer las obras que se indican en el informe de la ITE?

Por supuesto, la gravedad de las deficiencias apreciadas determinará en gran parte los pasos a seguir. Si son de carácter grave, deberemos hacerlas de manera inmediata o no podremos regresar a la casa. 

Al interesado se le proporcionará un certificado en el que se indicará que la vivienda es “apta provisionalmente” o “apta de manera cautelar”. Se le sugerirá obras de mejora o reformas y efectuar de nuevo otra ITE en un plazo de 3 y 6 años.

 

No realizar la ITE puede conllevar una multa de hasta 6.000 euros

¿Cómo puedo saber si estoy obligado a pasar la ITE?

Si el edificio ronda los 45 años de antigüedad tendremos que empezar a considerar solicitar una ITE. Debemos atenernos a lo que se disponga en nuestra comunidad autónoma, puesto que puede haber variaciones con respecto a la antigüedad de una región a otra. En el caso de Madrid, por ejemplo, se establecen 30 años

Pasar la correspondiente ITE nos proporcionará mayor tranquilidad y, sin duda, es una inversión que vale la pena.

 

¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?

Debemos dirigirnos al ayuntamiento para informarnos. En este organismo cuentan con una relación de los edificios que han pasado la ITE.

 

¿Con el informe ITE puedo saber si un edificio tiene aluminosis?

Uno de los aspectos que no se revisa en la ITE es la existencia o no de aluminosis. De hecho, el experto se basa en un reconocimiento visual del edificio, y para determinar la existencia de tal problema sería preciso realizar catas. Nos referimos a una extracción de muestras de las viguetas, algo que no se practica en la ITE.

Las comunidades autónomas pueden rebajar los plazos para realizar la ITE

Preguntas frecuentes

 

¿Quién está obligado a pasar la ITE?

Por regla general, según dispone la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, están sujetas a ella todos los edificios con medio siglo de existencia, pero la normativa autonómica puede establecer otros tiempos, incluso rebajarlos a los 30 0 40 años.

¿Cuál es el precio de la ITE?

Podemos encontrar profesionales que ofrecen este servicio por 100 euros, pero es un precio demasiado bajo y quizás no sea todo lo exhaustivo que nos gustaría. Por este motivo, conviene apostar por aquellos técnicos que nos ofrecen una ITE por 500 euros, que es la tarifa más habitual.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

En un bloque de viviendas sería la comunidad de vecinos la que se ocuparía de esta cuestión, para ello sería necesaria la aprobación de una derrama colectiva.

¿Cuánto dura un ITE?

Este informe dura diez años. Por lo tanto, deberíamos pasarla una vez transcurrido este tiempo. En el caso de que sea necesario efectuar mejoras, se establecerá un plazo para llevar a cabo esas obras de reparación del edificio. De nuevo tendremos que pasar la inspección.

¿Cuánto se tarda en hacer un ITE?

La duración de la inspección suele durar entre 1 y 3 horas. Todo dependerá de las dimensiones del edificio y de la complejidad de las posibles deficiencias que se vayan detectando. Después el técnico ha de elaborar el informe y visarlo en el Colegio de Arquitectos, una gestión que puede tardar entre 7 a 10 días. Una vez listo, se debe firmar y pagar. A continuación, se presenta en el ayuntamiento.

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