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¿Puedo alquilar mi vivienda habitual?

Existen infinidad de razones que nos pueden llevar a alquilar la casa en la que residimos. En este caso, es posible que te preguntes si existe algún impedimento legal para dar este paso. Si te has hecho la pregunta “¿puedo alquilar mi vivienda habitual?”, no te pierdas todo lo que sigue.

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Este escenario puede suceder entre aquellas personas que deben trasladarse a otra provincia por motivos laborales, familiares o de estudio, entre otros, y deciden alquilar su vivienda. De esta manera, no queda desocupada y pueden obtener un rendimiento por ello, lo que les ayudará a sufragar sus gastos mientras permanezcan fuera de su casa.

Pero no podemos pasar por alto que, en determinadas escrituras de constitución de hipoteca, se prohíbe o se restringe tal posibilidad. Por lo tanto, antes de dar paso alguno debemos leer con atención lo dispuesto en nuestra hipoteca, pues es posible que exista una cláusula que lo impida.

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Alquilar la vivienda

Si no hay impedimentos legales, solo tenemos que tener en cuenta determinadas circunstancias para evitar problemas con Hacienda, o con cualquier otro organismo público. Vamos con ello:

  • Tendrás que declarar esta ganancia en la declaración de la Renta y, en consecuencia, es posible que se incremente la cantidad a pagar.
  • Si la vivienda se encuentra hipotecada, perderás el derecho a la deducción de vivienda habitual hipotecada.

No olvides, además, que, si alquilas tu vivienda más de 4 meses en total al año, deberá contar con un certificado energético, ya que este documento es obligatorio para su venta pero también para su arrendamiento.

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¿Y si decides alquilarla por días?

También puede darse la situación de que decidas arrendar tu vivienda pero solamente durante unos escasos días. En ese caso, estarías dedicando tu casa a un fin turístico de manera esporádica, para lo cual deberás consultar las normas que regulan la cuestión en tu Comunidad Autónoma y ayuntamiento.

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Recomendaciones a la hora de arrendar la vivienda

Para evitar sorpresas desagradables, te aconsejamos que prestes atención a los siguientes detalles. ¡Verás cómo resulta todo más sencillo gracias a ellos!

  • En el contrato de alquiler incluye un inventario con todo lo que contiene la vivienda, pues es común que –al ser tu morada habitual– se encuentre amueblada con todo lujo de detalles. También es conveniente que incorpores fotografías que atestigüen su buen estado. 
  • Suscribe para la vivienda un seguro multirriesgo.
  • Cobra por adelantado la renta de la casa.
  • No olvides hacer la correspondiente declaración por las ganancias obtenidas.

Por último, como siempre te recomendamos, consulta con un experto que conozca la normativa autonómica y local de alquiler y medita bien tu decisión antes de sacar la vivienda al mercado del alquiler. Además te aconsejamos que te informes sobre los seguros de impago de alquiler para alquilar con total seguridad.

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