Una de las cuestiones que más nos interesan conforme se acerca la campaña de la Renta 2023 es qué conceptos son susceptibles de desgravación en la vivienda. Lo cierto es que hay que estar muy atentos a las posibles deducciones estatales y autonómicas en nuestra región referidas a la vivienda. Vamos a ver todo ello con detenimiento a continuación. La nueva campaña de la Renta comenzó el pasado 11 de abril, así que conviene tomar nota de todo aquello que nos pueda beneficiar.
Seguramente a estas alturas ya sabrás que únicamente quienes compraron su vivienda habitual antes del 1 de enero del año 2013 pueden deducirse hasta un 15% de las cuotas de la hipoteca que haya desembolsado durante 2022. Es importante, además, que tengas en cuenta que hay un máximo de 9.040 euros.
Bien diferentes son las deducciones previstas desde las diferentes regiones de España que pueden resultar bastante dispares como veremos en los apartados que siguen.
También contarás con interesantes deducciones si has realizado reformas con el fin de mejorar la eficiencia energética en tu hogar. Este tipo de obras se incentivan desde el gobierno central y, en consecuencia, tendrás derecho a lo siguiente:
Podrás deducirte un 40% del coste de las obras con las que consigas una mejora en el consumo de energía primaria no renovable en tu vivienda habitual. De esta manera, si cambias tu caldera por una de aerotermia, tendrás derecho a deducir el 40% de lo invertido. Eso sí, no pierdas de vista las siguientes condiciones:
Debe de ser en la vivienda habitual o mejoras efectuadas en la que tengas en alquiler o en aquella que pretendas arrendar antes del 31 de diciembre de 2024.
La base máxima anual de esta deducción será de 7.500 euros.
El certificado se tiene que expedir antes del 1 de enero de 2024.
Tendrás derecho a una deducción del 20% al reducir el gasto en calefacción y refrigeración en un 7%. Para que esto sea posible, debes cumplir con una serie de requisitos:
También se premia a nivel fiscal las obras de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética de un edificio en el que predomine el uso residencial. Pero atención a los requisitos para ello:
La deducción podría alcanzar al 60% de lo invertido, pero nunca rebasar la base máxima anual que será de 5.000 euros.
La nueva ley de vivienda busca promover la salida de nuevos pisos al mercado inmobiliario para enriquecer la oferta y facilitar que cualquiera que desee una vivienda habitual pueda encontrarla.
Para conseguirlo, al propietario se le recompensa con beneficios fiscales en su declaración de la Renta. De esta manera, se ha previsto una deducción del 60% para alquileres de vivienda habitual. Esta es la lista de gastos susceptibles de desgravación:
También el arrendador puede beneficiarse fiscalmente de su condición de inquilino y deducirse ciertos gastos.
A nivel estatal sólo los contratos que se firmaron con anterioridad al 1 de enero de 2015 pueden desgravar gastos. Para el resto de casos únicamente existe la posibilidad de acogerse a lo que dispongan en su comunidad autónoma.
Así, con carácter general, podemos hablar de lo siguiente:
En cualquier caso, recuerda que, además, deben darse las siguientes circunstancias:
¿Qué son las deducciones autonómicas?
Cada región es soberana en determinados aspectos de materia fiscal y cuentan con sus propias deducciones en el impuesto de la Renta.
¿Quién tiene derecho a deducción por vivienda habitual?
A la deducción por vivienda habitual tienen derecho tanto el propietario como el inquilino.
¿Cuánto se puede desgravar por vivienda habitual?
El propietario que alquile una vivienda habitual podrá conseguir una desgravación de hasta el 60% por el alquiler de la vivienda. Por su parte, el inquilino podrá deducirse entre un 15 y un 30% dependiendo de lo que establezca la comunidad y siempre que se cumplan un conjunto de condiciones.