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Consejos

IBI en Barcelona: ¿Cuándo y cuánto se paga?

 

Sin duda, vivir en Barcelona es hacerlo en una de las ciudades más atractivas del mundo. Y, como sucede en otras partes de España, quienes posean una vivienda en la capital catalana deben pagar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) municipal, que grava la titularidad y los derechos reales de los inmuebles. ¿No estás familiarizado con el IBI en Barcelona y deseas saber cómo se calcula y cómo se paga? Tranquilo: te ofrecemos todos los detalles en esta guía. ¡Toma nota!

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¿Cómo se calcula el IBI en Barcelona?

Si alguna vez te has preguntado cuánto se paga de IBI en Barcelona, la respuesta es que no hay, por así decirlo, una tarifa estándar. Cada propietario paga un recibo diferente. Y para calcular el IBI en Barcelona, los técnicos municipales tienen en cuenta, en primer lugar, el valor catastral de la vivienda en cuestión.

 

El valor catastral, base imponible del IBI

El Ayuntamiento de Barcelona observa que el cálculo de la cuota del IBI se establece en función del valor catastral que fija el Ministerio de Hacienda a partir de los datos que constan en el Catastro inmobiliario. El valor catastral se establece teniendo en cuenta estos factores:

  • La superficie del terreno y de la construcción de la vivienda.
  • Su ubicación.
  • Características como el estado de conservación, la antigüedad o la calidad de la construcción.
  • Los equipamientos y servicios públicos de la zona como centros de enseñanza, hospitales o medios de transporte.

Por cierto: si eres propietario de una vivienda y no sabes cuál es el valor catastral de tu casa, puedes consultarlo a través de las siguientes vías:

  • Accediendo a la sede electrónica del Catastro con certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve.
  • Acudiendo presencialmente a una de las gerencias del Catastro y presentando la documentación que acredite la titularidad del inmueble.
  • Visitando uno de los puntos de información catastral habilitados en los ayuntamientos.

En lo referente a cómo se calcula el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el valor catastral en Barcelona es la base imponible del IBI.

  • A la base imponible se le aplican las reducciones legalmente establecidas para obtener la base liquidable.
  • Y sobre esta última repercute el tipo impositivo que fije la ordenanza fiscal de dicho impuesto cada año. El resultado es la cuota íntegra.
  • Pero la cuota a pagar, o cuota líquida, se obtiene una vez que se han realizado recargos o descontado las deducciones o bonificaciones a la cuota íntegra, de las que nos ocupamos en otro apartado.
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Coeficientes fijados por el Ayuntamiento de Barcelona

Por lo que respecta a los tipos impositivos, el Ayuntamiento de la Ciudad Condal aplica unos coeficientes para cada clase de bien inmueble:

  • Bienes inmuebles urbanos. Se trata de aquellos que, como las viviendas, están ubicados en terrenos urbanizables. El coeficiente a aplicar es del 0,66%.
  • Bienes inmuebles rústicos. Corresponden a terrenos rústicos en los que no se puede construir. Como en el caso anterior, el tipo impositivo es del 0,66%.
  • Bienes inmuebles de características especiales. Aquí hablaríamos de bienes como autopistas, carreteras, túneles de peaje, aeropuertos y puertos comerciales, embalses, infraestructuras energéticas, etc. Y el porcentaje que se les aplica es del 0,80%.

Como ejemplo de lo que representan estos tipos impositivos en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Barcelona, supongamos que somos propietarios de un piso cuyo valor catastral es de 120.000 euros. Si aplicamos el porcentaje correspondiente (0,66%), el resultado es una cuota íntegra de 792 euros.

 

Recargos por inmuebles desocupados en Barcelona

Pero, como se ha comentado, antes de pagar el recibo del IBI en Barcelona se han de contemplar otros factores que incrementarán o reducirán el importe de la cuota líquida. Así, el ayuntamiento aplica un recargo del 50% en el impuesto a los dueños de viviendas que lleven más de dos años desocupadas, si bien facilita que puedan explicar por qué se encuentran en esa situación.

 

Bonificaciones y exenciones del IBI en Barcelona

En cuanto a las bonificaciones del IBI en Barcelona, no se aplican automáticamente y deben ser solicitadas por los interesados. Y se contemplan, entre otras, para las siguientes viviendas:

  • Inmuebles de nueva construcción y obras de rehabilitación integral. 90% del importe durante el tiempo de construcción, más un año a partir de la finalización de la obra con un máximo de tres años desde el inicio.
  • Viviendas de protección oficial (VPO). 50% durante los cuatro primeros años, 30% en el quinto año y 10% en el sexto. Si los contribuyentes reúnen una serie de requisitos, la bonificación puede ampliarse cuatro años más.
  • Vivienda habitual de familia numerosa. El porcentaje de la bonificación se cifra según la renta de la unidad familiar y el tipo de familia numerosa. En este supuesto también hay una bonificación de IBI por discapacidad en Barcelona.
  • Inmuebles en los que, de forma voluntaria, se hayan instalado sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. Bonificación del 50% de la cuota íntegra del impuesto

Además de las citadas, se aplican bonificaciones para otros tipos de inmuebles, así como exenciones relativas a bienes públicos, de la Iglesia Católica, de Cruz Roja, centros dedicados a la enseñanza, etc.

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¿Cuándo se paga el IBI en Barcelona?

Llegados a este punto es muy probable que te preguntes cuándo se paga el IBI en Barcelona. Pues bien:

  • Si optas por domiciliar el impuesto, el ayuntamiento te pasará los cargos en cuatro plazos: marzo, junio, septiembre y diciembre.
  • Y si no lo tienes domiciliado, tendrás que pagarlo anualmente entre los meses de marzo y mayo.

Si no sabes cómo domiciliar el IBI en Barcelona, dispones de toda la información en el apartado de domiciliación bancaria de impuestos de la Oficina Virtual de Trámites del consistorio barcelonés.

 

¿Cómo se paga el IBI en Barcelona?

Según comunica el Ayuntamiento de Barcelona en su página web, se puede pagar el IBI por cualquiera de estos medios:

  • Internet. Pago con tarjeta o Bizum. Sin certificado digital.
  • Teléfono. Llamando al número 010 o al tel. 931 537 010 si se llama desde fuera del área metropolitana de Barcelona.
  • Entidades financieras colaboradoras. Banc Sabadell, Banco Santander, BBVA y CaixaBank. Bien a través de banca electrónica, bien en sus oficinas o cajeros automáticos.
  • Oficinas de Correos informatizadas. En efectivo, con tarjeta bancaria o mediante giro postal.
  • Quioscos. De trámites y servicios situados en diferentes sedes y equipamientos de la Ciudad Condal.

Si eres propietario de una vivienda en Barcelona, ¡no olvides pagar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles! Por todo lo expuesto, confiamos en haberte ayudado a familiarizarte con el IBI en Barcelona. Y a saber si puedes beneficiarte de alguna bonificación y cuándo y cómo se paga este impuesto.

A propósito: junto con el recibo del IBI, pero de manera independiente, se paga el Tributo Metropolitano, que se destina a contribuir a la financiación de los servicios metropolitanos

 

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Preguntas frecuentes

 

¿Se puede fraccionar el pago del IBI en Barcelona?

Sí. De hecho, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, si se domicilia el IBI, se paga en cuatro plazos en Barcelona.

¿Dónde consultar el recibo de IBI Barcelona?

Llamando al teléfono 010 gratuito (931 537 010 si se llama desde fuera del ámbito metropolitano de Barcelona).

¿Cómo saber si estoy al corriente del IBI?

Llamando al teléfono 010 gratuito (931 537 010 si se llama desde fuera del ámbito metropolitano de Barcelona).

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