Una de las maneras de vencer las reticencias de un banco a la hora de conseguir un importante crédito hipotecario o préstamo nos la ofrece el contrato de aval. De esta forma, una tercera persona llamada avalista asume con sus bienes el pago de la deuda en el caso de que el titular del crédito no pueda hacerse cargo de ella. Pero hay mucho más que debes saber al respecto.
Es común que los padres avalen a sus hijos cuando estos solicitan un préstamo y no cuentan con suficientes bienes e ingresos. De esta manera, la posición económica más desahogada de los progenitores puede ayudar cuando la situación financiera de los descendientes no resulta tan próspera y que, con ello, la entidad financiera considera que los riesgos de impago se minimizan.
El aval es un contrato que permite que tanto una persona física como jurídica garantice con su patrimonio, ya sea un terreno, una casa o una cantidad económica, el pago de un préstamo, en el caso de que el titular del mismo no pueda hacerlo. Normalmente se establecen límites a esta obligación.
En este contrato intervienen la siguientes partes:
Sin duda, convertirse en avalista conlleva un riesgo importante, pues la persona avalada puede incurrir en un impago y, en consecuencia, el beneficiario del aval se dirigirá contra nosotros.
Una vez que nos convertimos en avalistas nuestro nombre acaba inscrito en la base de datos de la Central de Riesgos del Banco de España (CIRBE). Este hecho puede condicionar la obtención de nuestros propios créditos, ya que nuestra situación financiera se encuentra comprometida con un tercero.
Por lo tanto, estamos ante una circunstancia que entraña un elevado riesgo y que merece un estudio en detalle. Además, no podemos olvidar nada de lo siguiente:
Por supuesto, no todo el mundo puede ser avalista, ya que existen una serie de requisitos que deben cumplirse para que esto sea posible. Toma nota de todos ellos:
Sin duda, si reunimos todas estas condiciones es muy probable que la entidad financiera no tenga problema alguno en aprobar nuestra solicitud.
En el contrato privado que da lugar al alval se deben, asimismo, detallar los puntos que enumeramos a continuación:
La gran pregunta que todos se hacen es cuándo tiene que intervenir el avalista y hacerse cargo de la deuda. Esto sucederá cuando el avalado no atienda a sus obligaciones de pago.
En cualquier caso, la responsabilidad del avalista no es igual en todos los casos. Así, debemos dejar claro algunos conceptos al respecto:
También debemos tener en cuenta que el avalista puede responder de la totalidad del importe del préstamo o ceñirse a un determinado tanto por ciento o hasta una cuantía que haya sido previamente fijada.
A la luz de todo lo expuesto, parece claro que asumir la posición de avalista no es una cuestión que debamos tomar a la ligera. Antes debemos meditar bien todas sus posibles repercusiones y analizar si realmente estamos en disposición de hacerlo. No podemos olvidar que podemos encontrarnos en un grave apuro económico en el caso de tener que responder finalmente con nuestros bienes.
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