La provisión de fondos se define como un adelanto de dinero que un profesional recibe por sus servicios con la finalidad de cubrir gastos y posibles contingencias derivadas del desempeño de este trabajo. En el ámbito bancario también existe este concepto relacionado con las hipotecas. En concreto, se trata del dinero que debes adelantar al banco para pagar los gastos que ocasiona la compra de la vivienda y la firma de la hipoteca.
La provisión de fondos la abona el cliente, aunque después se le abonará el sobrante de la provisión. Más adelante veremos cuándo te devuelven la provisión de fondos de una hipoteca.
La provisión se trata de una cifra que se sitúa entre el 10 y el 12% del total del precio de la vivienda. Debes disponer de esa cantidad antes de solicitar una hipoteca.
Además, con este importe se afrontan gastos como los que siguen:
Es muy habitual que haya un sobrante en la provisión y que, por lo tanto, el banco deba devolver esa cantidad que al final no se ha necesitado al cliente. Ten presente que hablamos de unos cálculos al alza y una vez pagados todos los conceptos reseñados arriba, será necesario hacer una liquidación de provisión de fondos. Podrás revisar y, si estás de acuerdo, se ingresará en tu cuenta bancaria.
Cuándo te devuelven la provisión de fondos es una de las preguntas más recurrentes, pero no conviene desesperar, pues no es algo que suceda de un día para otro. De hecho, es probable que tengas que esperar aproximadamente seis meses hasta que finalmente sea aprobada, lo recomendable es que preguntes a tu banco para confirmarlo.
Una vez liquidada la provisión de fondos, es obligación de la gestoría proporcionar al cliente una serie de facturas y documentos. Todo ha de ir debidamente desglosado. Además, se recomienda que las revise a fin de asegurarse de que coinciden con la devolución de la provisión de fondos.
Anteriormente esta provisión de fondos resultaba todavía más elevada, ya que en ella se incluían los gastos de notaría, gestoría, registro, impuestos, tasación y nota simple. Pero tras la entrada en vigor de la nueva Ley Hipotecaria el cliente solo debe asumir los gastos de tasación de la vivienda y nota simple. Así, a día de hoy la mayoría de los pagos corren a cargo de la entidad financiera.
¿Puede obligarme el banco a hacer una provisión de fondos?
El banco está legitimado para realizar una solicitud de provisión de fondos para, de esta manera, poder adelantar el pago de servicios e impuestos que debe abonar el cliente antes de la formalización de la hipoteca. Estamos ante una práctica lícita que está amparada por la ley.
¿Se puede reclamar la devolución de provisión de fondos?
En el hipotético caso de que no estemos de acuerdo, podremos interponer una reclamación ordinaria ante el banco. También podremos optar por denunciar el caso ante un juzgado especializado en cláusulas abusivas.
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