Al interesarse por una vivienda de obra nueva, el comprador tiene dos opciones si necesita financiar su adquisición: solicitar un préstamo a una entidad bancaria u optar por la subrogación de la hipoteca del promotor. Si no tienes claro en qué consiste esta última alternativa, cuáles son los requisitos que se deben cumplir para formalizar dicha operación y en qué hay que fijarse al subrogar la hipoteca del promotor, no te preocupes: te ofrecemos todos los detalles en este artículo. ¡Toma nota!
Las denominadas hipotecas de promoción o promotor son préstamos hipotecarios que los bancos conceden a las promotoras inmobiliarias para que puedan construir viviendas. Pues bien: la subrogación de la hipoteca del promotor consiste en que el comprador de una casa nueva asuma el préstamo hipotecario de la promotora inmobiliaria:
Eso sí: naturalmente, para que la subrogación de la hipoteca de un promotor de obra nueva se lleve a cabo han de cumplirse unos requisitos:
Por lo expuesto anteriormente es posible que te preguntes: ¿se puede negar el banco a subrogar una hipoteca? Y la respuesta es afirmativa. Efectivamente, una entidad bancaria está autorizada a no tramitar la subrogación de la hipoteca del promotor por diferentes motivos. De manera especial, denegará la operación si el comprador no tiene un perfil financiero estable.
En el supuesto de que decidamos aceptar la subrogación de la hipoteca de la promotora inmobiliaria, tendremos que prestar especial atención a estos detalles:
Si, finalmente, se subroga la hipoteca del promotor, el comprador de la vivienda de obra nueva se convertirá en el nuevo deudor de la hipoteca. Y se verá obligado a cumplir con los derechos y obligaciones a los que se comprometió el promotor, si bien la entidad bancaria puede variar algunas de estas últimas.
Pero si el comprador opta por solicitar y firmar un crédito en otros bancos, la promotora no puede imponer ninguna penalización ni cambiar las condiciones de compraventa ofertadas inicialmente. Y no sólo eso: independientemente de cuál sea la decisión del comprador, el promotor tiene que asumir los gastos de cancelación de la hipoteca original.
Como hemos comentado anteriormente, la subrogación de la hipoteca del promotor es una alternativa muy interesante llegado el momento de adquirir una vivienda de obra nueva. Ello es así porque aporta las siguientes ventajas a los compradores:
No obstante, la subrogación de la hipoteca del promotor puede presentar desventajas que se han de considerar a la hora de valorar el proceso y hacer números. En algunos casos, el principal inconveniente es que el futuro deudor acepta todas las condiciones del préstamo al que se subroga: tipos de interés, comisiones y hasta posibles cláusulas abusivas.
Por otra parte, una entidad bancaria, atendiendo al perfil del nuevo deudor, podría modificar algunas de las condiciones de la hipoteca del promotor. Motivo por el cual es importante leer toda la información del crédito hipotecario antes de firmarlo.
Llegados a este punto, es importante recordar que, en lo referente a los cambios en una hipoteca, a veces se confunden los términos «subrogación» y «novación». Por dicho motivo, vamos a aclarar en qué consiste cada uno de ellos:
En resumen, las ventajas de comprar una vivienda sobre plano o nueva son muchas. Entre ellas, poder subrogarse al préstamo hipotecario de la promotora inmobiliaria. Sin duda, una interesante opción a considerar.
Por todo lo expuesto, confiamos en que ahora tengas más claro qué es la subrogación de hipoteca del promotor, cómo funciona y cuáles son sus principales ventajas e inconvenientes
¿Cuándo se puede subrogar una hipoteca
La subrogación de una hipoteca de la promotora inmobiliaria se puede hacer siempre y cuando exista un acuerdo entre el promotor y el comprador. Pero también será preciso que la entidad financiera se muestre conforme con dicho pacto. De lo contrario, no se podrá llevar a cabo.
¿Qué se necesita para hacer una subrogación de una hipoteca?
Para que un banco apruebe la subrogación de una hipoteca es fundamental que el futuro deudor demuestre su solvencia económica mediante la presentación de la documentación habitual (contrato laboral, nóminas, facturas, declaración de la renta…) o adicional –si así lo requiere la entidad bancaria–.
¿Quién paga la subrogación?
Una de las ventajas de la subrogación es que el banco asume los gastos de la operación. Por su parte, el promotor inmobiliario se encarga de satisfacer los gastos de cancelación de la hipoteca original.