Al comprar una vivienda o un local en un edificio, los propietarios de un inmueble deben suscribir un documento en el que se establecen sus derechos y obligaciones. En cualquier caso, no podemos hablar de un modelo base, pues este texto debe ser acordado y aceptado de mutuo acuerdo por todos ellos.
No obstante, existen una serie de rasgos que nos sirven para conceptualizar los estatutos de una comunidad de propietarios y que no podemos perder de vista:
Los estatutos tienen el cometido de fijar las normas de convivencia entre los vecinos. Por consiguiente, suelen regular aspectos que, de no hacerlo, podrían generar conflictos de difícil solución. Podemos destacar los siguientes:
Es muy probable que sea la propia promotora, a través de un administrador o un abogado, la encargada de hacerlo. Así, cuando se formaliza la escritura de obra nueva, también se realiza la división de la propiedad horizontal ante notario, por lo que cada propietario, al recibir la vivienda, obtiene la documentación relativa a los estatutos de la comunidad.
Pues que lo más recomendable es redactarlos cuanto antes. Para ello, lo más habitual es acudir a un administrador de fincas y asegurarnos de que tenga en cuenta las necesidades y particularidades de la finca. Posteriormente, se deberán someter a una votación en una Junta Extraordinaria y su contenido deberá aprobarse por unanimidad.
En cuanto se haya obtenido tal conformidad, los estatutos deberán inscribirse en el Registro de la Propiedad. Si no lo hacemos, solo serán de obligado cumplimiento para aquellos propietarios que intervinieron en su aprobación, pero no los que se incorporaron después. ¡Ah! y, por supuesto, lo contemplado en los estatutos también afecta a los inquilinos; es decir, aquellas personas que viven en alquiler.
Una modificación de los estatutos puede llevarse a cabo en cualquier momento, pero es preciso que, al igual que ocurrió con su aprobación, exista unanimidad entre los propietarios. Para ello el presidente de la comunidad o administrador convocará una Junta Extraordinaria con este único tema en el orden del día.
Igualmente, será necesario exponer los cambios antes de someterlos a votación y, una vez más, si se aprueban, deberán inscribirse en el Registro de la Propiedad para que afecten también a los futuros propietarios.
Como hemos adelantado, los estatutos suelen entregarse junto con la documentación de la vivienda en el momento de adquirirla. Sin embargo, es posible que la compremos de segunda mano y que la documentación se haya extraviado. En dichos casos, podemos solicitarlos al administrador de la propiedad o al presidente, que se encargarán de hacernos llegar una copia para que podamos estar informados de todo cuanto afecta a la comunidad y a sus normas de convivencia.
La convivencia en una comunidad de vecinos no siempre resulta fácil y puede llegar a ocasionar conflictos recurrentes. Frente a ello, estamos los estatutos son una herramienta muy eficaz para evitar las controversias vecinales y fomentar el entendimiento de todas las partes.
En conclusión, si tu comunidad no cuenta con unos estatutos que sienten unas mínimas reglas para la convivencia, quizá sea el momento de proponer su redacción y someterlos a su aprobación. Tu y tus vecinos os ahorraréis muchos inconvenientes.