Si vas a adquirir una casa en España, debes conocer los impuestos asociados a la compra de una vivienda para planificar tu presupuesto. Y también las reducciones y bonificaciones de las que puedes beneficiarte dependiendo de tu situación.
Al comprar una vivienda en España, además del precio del inmueble es imprescindible prever los impuestos, que suelen suponer entre un 10%, varían según se trate de una vivienda de obra nueva —sujeta a IVA (o IGIC/IPSI) y AJD— o de una vivienda de segunda mano, gravada por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), cuyo tipo depende de la comunidad autónoma.
A la hora de adquirir una casa, lo primero que se toma en cuenta es el precio de la vivienda anunciado por el vendedor. Sin embargo, a esa cantidad de dinero hay que sumar los impuestos vinculados a la compra de la vivienda, que en nuestro país suelen representar entre el 10% y el 12% del valor del inmueble, aproximadamente, en función de su ubicación y características.
Pero antes de detallar cuáles los impuestos en la compra de una vivienda, es preciso comentar que la carga fiscal varía notablemente según la naturaleza de la casa que se desee adquirir: vivienda de obra nueva (primera transmisión) o vivienda usada (segunda o posteriores transmisiones). A continuación, explicamos ambos casos.
En cuanto a los impuestos de la compra de una vivienda de obra nueva adquirida a un promotor o una inmobiliaria, se trata del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), o sus equivalentes en Canarias, Ceuta y Melilla, y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD):
Respecto a este último, para que puedas hacer un cálculo más preciso, en nuestra guía sobre los impuestos que se pagan al comprar una vivienda de obra nueva detallamos los tipos impositivos del AJD en cada una de las ciudades y comunidades autónomas de España.
En cuanto a los impuestos relacionados con la compra de una vivienda de segunda mano, las transacciones de estos inmuebles no llevan IVA. En su lugar, están sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP):
Por lo tanto, al comprar una vivienda de segunda mano se paga el ITP. En cuanto al AJD, solamente debe pagarse para escriturar la hipoteca, en caso de solicitarse, y los gastos corren a cargo de la entidad financiera que concede el préstamo.
Llegados a este punto, vamos a prestar especial atención a un asunto de suma importancia: la reducción y bonificación de impuestos en la compra de una vivienda.
En este sentido, lo aconsejable es informarse en la concejalía de vivienda correspondiente sobre los impuestos asociados a la compra de una vivienda por contribuyentes que tengan menos de 35 años, en particular, y por quienes tengan más edad, en general.
En lo referente al impuesto por compra de vivienda por parte de personas mayores de 65 años, en algunos lugares de España se ofrecen tipos reducidos en el ITP para las personas de esa franja de edad que adquieren un inmueble para uso habitual.
No obstante, la mayor ventaja para este colectivo suele darse cuando venden una casa; concretamente, en la declaración del IRPF por ganancia patrimonial.
Continuando con la bonificación y reducción de impuestos en la compra de una vivienda, la fiscalidad asociada a la adquisición de inmuebles es más ventajosa con las viviendas habituales que con las segundas residencias:
Ahora que ya sabes cuáles son los impuestos en la compra de una vivienda, y que puedes beneficiarte de algunas reducciones y bonificaciones fiscales, es lógico que te preguntes cuándo se paga un impuesto de la compra de una vivienda.
Incumplir los plazos tiene consecuencias en forma de recargos, intereses de demora y sanciones, siendo, pues, recomendable pagar los impuestos en tiempo y forma.
Si a estas alturas de la guía te interesa calcular los impuestos de la compra de tu vivienda, vamos a poner un ejemplo de una vivienda nueva y otra de segunda mano con un precio de 200.000 euros.
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Concepto |
Vivienda nueva |
Vivienda usada |
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Impuesto principal |
IVA (10%): 20.000 euros |
ITP (8%): 16.000 euros |
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Impuesto secundario |
AJD (1,5%): 3.000 euros |
0 euros |
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Total impuestos |
23.000 euros |
16.000 euros |
Recuerda: a los impuestos tendrás que sumar los gastos de gestoría, notaría, Registro e hipoteca si vas a solicitar un préstamo para adquirir tu vivienda. Si es así, te animamos a consultar nuestra calculadora de gastos de hipoteca.
Por todo lo expuesto, confiamos en haberte ayudado a familiarizarte con los impuestos asociados a la compra de una vivienda. Antes de firmar un contrato de compraventa, infórmate sobre las reducciones o bonificaciones bien en tu ciudad o comunidad autónoma, bien consultando a un asesor fiscal o un gestor administrativo.
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No se paga ITP cuando se compra una vivienda nueva, ya que en ese caso se abona el IVA (península y Baleares), IGIC (Canarias) o IPSI (Ceuta y Melilla). Para inmuebles de segunda mano, existen exenciones puntuales en el ITP que dependen de cada comunidad autónoma y, de manera especial, se aplican en la compra de viviendas de protección oficial (VPO) y en la adquisición de casas en zonas rurales con riesgo de despoblación.
Se paga IVA (península y Baleares), IGIC (Canarias) o IPSI (Ceuta y Melilla) y AJD si es una vivienda nueva. Y si es de segunda mano se paga ITP. Pero, en muchos casos, al tratarse de una segunda vivienda, no es posible beneficiarse de reducciones o bonificaciones en impuestos.
Legalmente sólo se puede tener una vivienda habitual. A efectos fiscales, es aquella en la que se reside de forma efectiva en un plazo de 12 meses desde su adquisición y de manera permanente durante, al menos, tres años. Asimismo, debe constituir el domicilio fiscal y el lugar donde el contribuyente esté empadronado.
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